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domingo, 3 mayo , 2026

Aprobado el Real Decreto que permitirá la autorregulación del sector del aceite de oliva

El Consejo de Ministros también ha aprobado un Real Decreto de modificación de la normativa básica que regula los paneles de catadores de aceite de oliva virgen

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes -9 de febrero- el Real Decreto que desarrolla la aplicación del artículo 167 bis de la Organización Común de los Mercados Agrarios (OCMA) de la Unión Europea (UE) para fijar los requisitos y el contenido de una norma de comercialización para el sector del aceite de oliva.

Según informa el Gobierno central, el desarrollo de esta medida ha sido posible tras la aprobación del reglamento transitorio que incluye la extensión del mecanismo previsto en el sector del vino al del aceite de oliva, «como había solicitado España en el transcurso de las negociaciones de este reglamento y de la futura Política Agraria Común (PAC)».

La norma nacional posibilita la autorregulación en un cultivo cuya producción se encuentra caracterizada por el fenómeno de la vecería, con campañas de producciones muy altas alternadas con otras de rendimientos bajos. Esta es una de las causas de la gran volatilidad de los precios.

El Real Decreto permitirá que el Ministerio de Agricultura, ante situaciones de claro riesgo de desequilibrio de mercado pueda determinar a través de una orden una retirada temporal de producto de manera obligatoria para todos los operadores del sector hasta la campaña siguiente e incluso determinar su destino a uso no alimentario. Con ello «se pretende favorecer la recuperación de los precios percibidos por los agricultores en situaciones de crisis como las que se han padecido en las dos campañas anteriores», ha detallado el Ejecutivo.

El decálogo se articula en torno a tres ejes principales: favorecer el ajuste de la oferta y la demanda (en la que se enmarca el Real Decreto); mejorar la trazabilidad, la información al consumidor y la segmentación del mercado; y aprovechar los mecanismos de la nueva política agraria de la Unión Europea.

Exigencias para los paneles de cata

También se ha aprobado en el Consejo de Ministros un Real Decreto de modificación de la normativa básica que regula los paneles de catadores de aceite de oliva virgen. La nueva norma introduce requisitos para la autorización de los paneles de catadores oficiales, que tendrán que ser designados por la autoridad competente y superar determinadas pruebas de aptitud de manera periódica.

Para ello, la autoridad para la que realicen el trabajo podrá llevar a cabo cuantas acciones de control considere oportunas con el fin de evaluar la idoneidad de los jurados y verificar que no existen conflictos de interés.

Por otra parte, se incluyen nuevas exigencias de formación para los jefes de panel, que también deberán acreditar un tiempo mínimo de experiencia que se recomienda de dos años y, además, se crea la Mesa de Jefes de Panel, con indicación de composición y funciones, para favorecer la armonización de las actuaciones de todos ellos.

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