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martes, 5 mayo , 2026

Comunidad de Madrid: ayudas para promover medidas de protección y limitar daños de lobos

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El Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid (BOCM) publicó el 4 de abril el Extracto de la Orden por la que se establece, para el ejercicio 2024, la convocatoria de ayudas para promover la adopción de medidas de protección para limitar posibles daños provenientes de las poblaciones de lobo ibérico existentes en la región.

El objetivo de dichas ayudas es promover la realización de actuaciones preventivas con el fin de evitar o limitar posibles daños sobre la ganadería extensiva en explotaciones frente a posibles ataques provenientes de las poblaciones de lobos ibéricos (Canis lupus signatus).

Podrán ser beneficiarios los titulares de explotaciones ganaderas de las especies bovina, ovina, caprina y/o equina, en régimen extensivo, que se hallen dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en aquellos municipios donde se hayan constatado un número significativo de ataques de lobo.

Los gastos subvencionables serán la instalación de nuevos vallados fijos, o arreglo de los ya existentes, que tengan por objeto la mejora de la seguridad del ganado; instalación de nuevos vallados fijos electrificados; vallados portátiles para el ganado (teleras), susceptibles de ser combinados con pastores eléctricos; y adquisición de pastores eléctricos y de elementos de geoposicionamiento de las distintas cabañas ganaderas (collares GPS).

El plazo de solicitud será de 10 días hábiles

También será subvencionable la adquisición y mantenimiento de perros protectores y defensores del ganado, de edad inferior o igual a cuatro meses, de las razas: mastín español y mastín del Pirineo, puros o cruzados y gastos de mantenimiento (gastos veterinarios, de alimentación y/o seguros) de los perros señalados en el apartado anterior.

El importe máximo de la ayuda, por titular y explotación, podrá alcanzar el 100 por 100 de los costes subvencionables, con un máximo de 3.500 euros.

El plazo de solicitud será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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