Las diferentes modalidades de cesión de derechos continúan suscintando muchas dudas entre los oyentes de Agropopular. En esta ocasión, en el `Consultorio de la PAC´, el presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), Miguel Ángel Riesgo, respondió a la siguiente pregunta:
«Mi madre es la titular de una explotación agraria de unas 90 hectáreas, fundamentalmente cerealista, en la que se incluye rotación con veza, barbecho y girasol. La explotación tiene fincas propias y otras de arriendo. Por edad se va a jubilar dentro de 3 años. ¿Puedo poner la explotación a mi nombre, siendo miembro de las Fuerzas Armadas, seguir realizando todas las labores agrarias y realizar la PAC de una manera normal? ¿Cuál sería el procedimiento para hacerlo?
Según Riesgo, en este caso sí se puede incorporar como agricultor, mantener su otra actividad y gestionar esa explotación; sin embargo, precisó que «es importante que la explotación esté a nombre de la persona que tome las decisiones técnicas y económicas».
Modalidades de cesión de derechos
El procedimiento para hacerlo se realiza mediante una cesión de derechos. «Hay varias maneras de hacerlo», por lo que aconsejó al oyente que consulte la circular del FEGA, que analice las distintas opciones y presente su solicitud de cesión en el año que se jubile su madre, hasta el 31 de mayo.
No obstante, según Riesgo, lo normal es que utilice la cesión que no tiene peaje, en su caso, la de jubilación por actividad agraria de un familiar de primer grado.
A partir de ese momento, el presidente del FEGA recordó que es » importante que se mantenga la actividad agraria» y que cumpla los criterios de agricultor activo, es decir, que al menos el 20% de su renta proceda de la venta de productos.
Escuche el fragmento del `Consultorio de la PAC´emitido el 9 de diciembre
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