En el último `Consultorio de la PAC´, emitido el 28 de octubre en Agropopular, María Luisa Blanco Valdivieso planteó el siguiente asunto: somos dos hermanos han heredado 55 hectáreas de un tío. Les gustaría saber si podrán seguir realizando la PAC y qué penalización tienen al pasar de tíos a sobrinos. No quieren perder los derechos adquiridos.
Según el presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), Miguel Ángel Riesgo, al tratarse de una herencia, no hay penalización, “independientemente de que la herencia sea para familiares de segundo grado”.
Por lo tanto, podrán seguir presentando la PAC en esa explotación y utilizando los derechos heredados al 100%. No obstante, Riesgo recordó a la oyente que tienen que tener en cuenta que es obligatorio que realicen una actividad agraria demostrable, así como cumplir todos los criterios para ser considerados agricultores activos, es decir, que al menos el 20% de los ingresos procedan de la venta del producto que decidan cultivar.
Además, al tener más de 30 hectáreas, tendrán también que cumplir los criterios de diversificación de la política de reverdecimiento (de ello se tendrán que informar en la Consejería correspondiente).
Si deciden no seguir con la explotación de las tierras heredadas perderían los derechos al cabo de dos años.
Escuche aquí el último `Consultorio de la PAC´
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