El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó el 27 de julio la Orden por la que se publica la convocatoria de ayudas a la destilación de subproductos de vinificación, establecida en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Los beneficiarios, los subproductos entregados y el alcohol obtenido de su destilación, deben cumplir con lo establecido en los artículos del 46 al 50 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
La ayuda vinculada a esta intervención podrá ser solicitada por las destilerías autorizadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.
La fecha límite de entrega de los orujos de uva y las lías de vino a destilación será el 15 de junio de la campaña en que se hayan obtenido.
En todo caso, los productores deberán poner a disposición de la autoridad competente los justificantes que permitan acreditar la entrega de subproductos a destilación, cuando así sea requerido a los efectos de control del cumplimiento de la obligación.
La solicitud de ayuda deberá presentarse entre el 16 de octubre y el 20 de julio de cada campaña a través de Registro General Electrónico, mediante cualquiera de los registros y medios electrónicos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cumplimentando el modelo de «Solicitud de ayuda a la destilación de subproductos», disponible en la Sede electrónica,












