El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) ha publicado hoy -26 de octubre- la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis destinadas a las centrales frutícolas que comercializan fruta dulce y almendra con cáscara afectadas por las heladas de abril de 2022.
El objeto de las ayudas es la compensación de las pérdidas de las centrales frutícolas, cuyos titulares sean organizaciones de productores, cooperativas, SAT o empresas, que comercializan mayoritariamente fruta dulce y almendra con cáscara producidas en fincas de sus miembros, socios o productores, ubicadas en las comarcas afectadas por las heladas de abril de 2022 (Segrià, Noguera, Pla d’Urgell, Garrigues, Urgell, Ribera d’Ebre, Terra Alta, Pallars Jussà, Alt Camp, Baix Camp, Priorat, Conca de Barberà, Anoia y Segarra), y que han sufrido una pérdida importante de facturación como consecuencia de estas heladas, para garantizar su continuidad y viabilidad económica.
Según indica la norma, la pérdida de ingresos causada por las heladas de abril de 2022 debe acreditarse mediante informe de un auditor de cuentas, inscrito en el Registro oficial de auditores de cuentas, que determine el porcentaje y el importe del decremento en el valor de la comercialización.
El importe máximo a subvencionar por el concepto de gasto de informe de auditor es de 1.000 euros (+IVA). El importe máximo de la ayuda, incluido el importe del coste del informe de auditor, es de 200.000 euros por beneficiario.












