El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado el 25 de noviembre la Orden por la que se regula la concesión directa de ayudas al sector agrario y pesquero, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Serán objeto de ayudas las siguientes líneas: los gastos extraordinarios producidos por la actividad volcánica y soportados por aquellas explotaciones ganaderas que se han visto obligadas a desplazarse al encontrarse dentro de la zona de exclusión del volcán y las pérdidas económicas sufridas por los armadores de buques pesqueros con puerto base en Tazacorte o a buques de otros puertos base de la isla de La Palma debida a la prohibición de poder faenar en dichas aguas a partir del 1 de octubre de 2021.
También serán objeto de ayudas las pérdidas de renta a raíz de la destrucción total o parcial de la producción o de los medios de producción agrícolas o ganaderos; el lucro cesante debido a la suspensión total o parcial de la actividad pesquera llevada a cabo por armadores de buques pesqueros con puerto base en Tazacorte u otros puertos base de la isla de La Palma, durante un periodo no superior a seis meses a partir de la fecha en la que se haya producido o se mantenga el desastre; y ayudas a tripulantes de buques pesqueros con puerto base en Tazacorte u otros puertos base de la isla de La Palma.
El importe total del crédito destinado a la financiación de las ayudas reguladas en esta
Orden asciende a 15.008.860,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria “Ayudas sector primario erupción La Palma, de los cuales 14.533.060 euros están financiados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y 475.800 euros, por la Comunidad Autónoma de Canarias.












