El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publica hoy -el 6 de julio-, la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, de subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales.
La Orden tiene por objeto convocar para el año 2021 subvenciones destinadas a los titulares de explotaciones ganaderas extensivas de ganado menor (ovino y caprino) en zonas de presencia del oso pardo y/o del lobo en Aragón en régimen de mínimis para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales.
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los titulares de explotaciones extensivas de ovino y caprino en las zonas de presencia de oso y lobo en Aragón, dirigidas a paliar sobrecostes derivados de las situaciones de riesgo provocadas por la presencia de estas especies y a la adopción de medidas de autoprotección como incentivos a la sostenibilidad de las explotaciones ganaderas en régimen extensivo y, con ello, a la adaptación de las mismas a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales.
Estas subvenciones tienen como objeto fomentar la realización de inversiones por los titulares de las explotaciones de ganado menor (ovino y caprino) en sus instalaciones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad del ganado, así como la adopción de técnicas del manejo que contribuyan a reducir el nivel de daños ocasionados por el oso pardo y el lobo
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica titulares de las explotaciones de ganado ovino y caprino en régimen extensivo, ubicadas en los municipios que se determinen en la correspondiente Orden de convocatoria o que, no estando ubicadas en esos municipios, puedan acreditar la utilización de pastos un mínimo de 90 días seguidos en alguno de los citados términos municipales, al menos durante las últimas cinco campañas. Esta condición no será de aplicación a explotaciones con Plan de incorporación al amparo del último Plan de Desarrollo Rural para Aragón vigente (en adelante, PDR).
El importe subvencionable podrá alcanzar el 100% del coste de la actuación, con un máximo de 6.000 euros por titular y año en su conjunto.
El plazo de presentación de solicitudes se concretará en las correspondientes convocatorias, siendo, como mínimo, de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».












