Cantabria convoca ayudas para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino

Los lecheros siguen en situación crítica
Imagen de archivo del Gobierno de Cantabria

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó, el pasado 16 de mayo, la Resolución por la que se convocan ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra para el año 2025.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas que sean titulares de una explotación de inscrita en el registro oficial de Cantabria y que entreguen leche cruda a la industria o bien la transforme directamente en la explotación.

En el último caso deberá cumplir con el registro en Letra Q de su centro lácteo, realizar los análisis de muestras de leche mensuales mínimas correspondientes, en su caso, y así como realizar en FEGA las declaraciones anuales de la leche transformada en dicho centro.

Las explotaciones deben cumplir la normativa legal en vigor en materia de medio ambiente, bienestar y sanidad animal, identificación y registro de animales y especialmente, en materia de higiene de la producción primaria (requisitos de higiene aplicables a la lechería).

Según las bases que recoge el Boletín Oficial de Cantabria, se concederán 25 euros por unidad ganadera mayor (UGM) para las explotaciones cuya densidad ganadera sea inferior a 2 unidades ganaderas mayores por hectárea; 15 euros por unidad ganadera mayor para las explotaciones cuya densidad ganadera mayor sea mayor o igual a 2 e inferior a 3 unidades ganaderas mayores por hectárea, y 10 euros por unidad ganadera mayor para las explotaciones cuya densidad ganadera sea igual o superior a 3 unidades ganaderas mayores por hectárea.

Además, se concederán 100 euros adicionales por UGM de bovino de Raza Pasiega en ordeño que esté incluida en el Libro de Registro Genealógico de dicha raza, a fecha de publicación de la misma. La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 6.000 euros por año.

Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General de Ganadería y se presentarán en el registro de la Consejería, en las Oficinas Comarcales o en cualquiera de los lugares establecidos en la Ley de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma.

Las solicitudes podrán presentarse durante un período de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

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