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domingo, 3 mayo , 2026

Mercedes Morán: algunas especificaciones sobre el pago verde

`Consultorio de la PAC´ con Mercedes Morán, ex-directora de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura, y una de los expertos en PAC de AGROPOPULAR

Mercedes Morán, ex-directora general de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura

El último `Consultorio de la PAC´ corrió a cargo de Mercedes Morán, ex-directora de Política Agraria Comunitaria de la Junta de Extremadura, en el que respondió a las dudas de dos oyentes.

Por un lado, a la de Ángel Azcárate que es un agricultor que ha sembrado en esta campaña 2018-2019 ocho hectáreas de trigo y cinco hectáreas de cebada. Además incluye en su PAC un 5% de superficie como barbecho. El oyente explicó que debido a problemas de germinación de la semilla de cebada se verá obligado a resembrar las 5 hectáreas de cebada. “Como lo más probable es que por humedad del suelo no pueda resembrarlas ¿podría incluir dichas 5 hectáreas como barbecho sin afectar a los pagos PAC y greening? ¿Tengo que necesariamente sembrar otro cultivo como girasol u otro para cumplir la norma de dos cultivos diferentes?”

Según Morán, Azcárate no especifica la superficie total de cultivo que tiene en la explotación pero parece que es menor de 30 hectáreas. “Si esto es así, y no está en ninguna de las excepciones del pago verde, debe tener dos cultivos y como tiene sembrada ocho hectáreas de trigo podría dejar el barbecho porque este es considerado como cultivo”.

No obstante, podrá hacerlo solo si el cultivo principal -el de mayor superficie- no ocupa más del 75% de la superficie total de cultivo que tiene en su explotación. En caso contrario, tendría que introducir otro cultivo distinto.

Derechos de la PAC en una sociedad limitada

Por otro lado, otro oyente explicó que su hermano y él eran propietarios de una sociedad limitada al 50% propietaria de unos terrenos dedicados al cultivo de arroz (unas 30 hectáreas aproximadamente). La empresa recibía la subvención correspondiente de la PAC.

El año pasado su hermano falleció y su cuñada ha heredado su parte de la sociedad pero no quiere tener una sociedad a medias con ella. Las soluciones que se le ocurren son: vender su parte de la sociedad; comprar su parte; o deshacerse de la propiedad y cada uno que lleve su mitad. Quiere saber “¿cómo quedarían los derechos de pago de la PAC en cualquiera de los casos anteriores? ¿Podríamos tener algún problema por el hecho de romperla e ir cada uno por su lado?

Según Mercedes Morán, en el caso que plantea la titularidad de los derechos de ayuda es de la sociedad limitada que tienen constituida, y si cambia el porcentaje de participación por compra, por venta o porque varíen los socios, mientras que la sociedad limitada siga cumpliendo las condiciones de agricultores activa y siga solicitando las ayudas podrá mantener la titularidad.

Si lo que desea es romper la sociedad y solicitar cada uno por su lado las ayudas, los derechos de pago básico se distribuirían entre los socios. Para ello tendrían que hacer una comunicación a la administración de su comunidad autónoma del movimiento de derechos, que podría ser, por ejemplo, del tipo “escisión de personas jurídicas” que no tendría la retención del 20% de peaje para la reserva nacional y no tendría ninguna pérdida de importes de ayuda siempre y cuando cumpla los requisitos de este tipo de movimiento.

Escucha el `Consultorio de la PAC´completo:

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