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sábado, 2 mayo , 2026

Lengua azul: cambios en las zonas restringidas, el régimen de vacunación y movimiento de animales

Raza bovina alistana-sanabresa

El Ministerio de Agricultura ha elaborado un proyecto de Orden por el que se modifican las medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. El texto revisa las zonas restringidas frente a los serotipos 1 y 4 de la enfermedad, recoge la posibilidad de vacunación voluntaria en ciertas áreas y flexibiliza el movimiento de bovinos en las zonas en las que no se declara período estacionalmente libre de lengua azul en todo el año.

En lo que respecta a las zonas restringidas, el proyecto constata que se ha cumplido con el requisito de ausencia de circulación de los serotipos 1 y 4 del virus en determinados territorios durante un período mínimo de dos años, con lo que esas zonas dejan de considerarse como restringidas.

En el caso del serotipo 4 quedan libres las Comunidades de Castilla-La Mancha y Castilla y León, así como ciertas comarcas de Jaén, Huelva y Sevilla y de Cáceres y Badajoz. Siguen siendo zona restringida las demás comarcas de estas provincias, así como las provincias de Cádiz, Córdoba y Málaga y la comarca de Motril en Granada.

En cuanto al serotipo 1 queda libre Extremadura y también ciertas comarcas de Jaén, Huelva y Sevilla mientras que siguen siendo área restringida las demás comarcas de estas provincias, la de Motril (en Granada) y las provincias de Cádiz, Córdoba y Málaga. También siguen siendo zona restringida tres comarcas veterinarias de Ciudad Real (Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena).

Vacunación voluntaria

El proyecto contempla, por otro lado, la posibilidad de realizar vacunación voluntaria frente a los serotipos 1 y 4 de la lengua azul en determinadas zonas próximas a las zonas de restricción (en concreto en varias comarcas veterinarias de Andalucía, Extremadura y Castilla-La Mancha).

También actualiza algunas comarcas de la zona de vacunación voluntaria frente a los serotipos 4 y 8 en Aragón y Cataluña.

Por último, el texto abre la posibilidad de mover animales de la especie bovina desde las comarcas situadas en zona restringida en las que no se declara periodo estacionalmente libre en todo el año hacia mataderos de otras zonas restringidas, aunque tendrán que cumplirse determinados requisitos.

En estos momentos, las zonas no estacionalmente libres son ciertas diversas comarcas de las provincias de Málaga y Cádiz así como las ciudades de Ceuta y Melilla.

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