En la emisión de AGROPOPULAR del 9 de abril, Juan José Álvarez, experto en temas laborales de ASAJA, respondió a las preguntas de dos oyentes sobre los cambios en las contrataciones tras la reforma laboral.
Por un lado, José Pablo Jiménez Díaz explicó que contrata a un trabajador para el riego de remolachas desde el mes de abril al mes de octubre. La contratación que le hace es por jornadas reales, unas 10 jornadas al mes. ¿Cómo quedaría esta modalidad?
Según Álvarez, el contrato que debe celebrarse a partir del 1 de abril, que es cuando ha cambiado toda la modalidad de contratos, tiene que ser un contrato llamado fijo discontinuo con llamamientos sucesivos para cada uno de los meses.
En el contrato debe especificar el objeto del mismo y la prestación de servicios de manera intermitente con periodos o fechas concretas de la ejecución incierta al depender de las necesidades de riego y de las circunstancias climatológicas.
Puede cotizar por jornadas reales, dado que se trata de un fijo discontinuo y en esto no ha habido cambios, siendo opcional para el empresario cotizar por jornadas reales o por bases mensuales. En definitiva, tiene que hacer un contrato fijo discontinuio por jornadas reales
Contrato a un trabajador que cobra el subsidio de mayores de 52 años
Por otro lado, José es un ganadero de ovino del Andévalo onubense y pregunta si podría contratar a media jornada en contrato fijo a un trabajador mayor de 52 años que compatibiliza su sueldo con el subsidio de mayores de 52 años que está cobrando.
Álvarez recordó que hace unos días el Real Decreto Ley 4/2022 ha modificado la normativa aplicable a los subsidios agrarios en Andalucía y Extremadura, pero solo para asegurar la compatibilidad del contato fijo discontinuo con el acceso a este tipo de subsidios, que antes de la reforma estaban reservados legalmente para trabajadores temporales eventuales.
De modo que esa contratación laboral nueva tendría que estar cubierta por un plan específico de fomento del empleo y no parece que sea el caso.
En cualquier caso, aunque pudiera ser compatible este subsidio, según el experto, el oyente tiene que tener en cuenta, por un lado, que se aplican límites en cuanto a los ingresos que podrían obtenerse con ese trabajo para mantener la compatibilidad y, por otro, que se vería afectada la cuantía del subsidio, que se reduciría.












