El Consejo de Ministros ha aprobado este martes -19 de enero- un real decreto que modificará el Real Decreto 319/2015 con el objetivo de incrementar la información actualmente suministrada por los primeros compradores de leche.
Según informan desde el Gobierno, la base de la nueva norma es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1746 de la Comisión, conocido como Reglamento de Transparencia, que incluye nuevas obligaciones de suministro de información para los operadores de los diferentes sectores agroalimentarios y para las autoridades de los Estados miembros.
En el caso del sector de la leche cruda de vaca, se suman, a las que ya existen en la actualidad, nuevas comunicaciones que deben realizar los agentes, como son su composición en materia grasa y proteína, la producción de leche cruda ecológica y el precio de ésta. Esta nueva información deberá ser incluida por los primeros compradores de leche en la base de datos del sistema unificado de información del sector lácteo, INFOLAC, en la próxima declaración del mes de febrero.
Además, la normal nacional hace extensiva esta exigencia a la leche de oveja y cabra, con el objetivo de disponer de más información, de gran utilidad, para estos sectores, si bien esta obligación no entrará en vigor hasta el año que viene. También incluye la exigencia de comunicar -desde febrero de este año en el caso de la leche de vaca y a partir febrero de 2022 para la de oveja y cabra- los datos correspondientes a las producciones de calidad diferenciada, tales como las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas.
La nueva norma realiza una reasignación de las obligaciones de las diferentes unidades del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) en función de sus competencias relacionadas con el sector lácteo, adscribiendo la aplicación INFOLAC, que recoge toda la información relevante para el mercado lácteo y que en la actualidad es gestionada por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA).
Por su parte, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios se encargará de la comunicación a la Comisión Europea de las entregas mensuales de leche cruda de vaca y de la ecológica de vaca, del contenido medio en materia grasa y proteína de estas entregas, así como del precio medio de leche cruda de vaca y de la leche cruda ecológica de vaca.
Indicación obligatoria del origen de la leche
Por otro lado, el real decreto incluye una disposición adicional para prorrogar la vigencia de la normativa de indicación obligatoria del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.
El Ministerio de Agricultura ha señalado que el análisis del impacto de esta medida, que lleva dos años en funcionamiento, es «muy positivo». Tanto los consumidores, que dan mucha importancia al origen de los productos que compran, como los operadores de la cadena alimentaria, que abogan por la continuidad de esta normativa, dan su apoyo a la iniciativa.
En este contexto, las industrias lácteas reconocen comprar más leche española para sus productos y los productores lácteos están «orgullosos» de que España sea un país que defienda este tipo de etiquetado.
La prórroga supone el «apoyo firme» del MAPA por dar la «máxima información» a los consumidores sobre el origen de los productos, mientras en el entorno de la UE no se inicie el desarrollo legislativo armonizado para todos los Estados de una medida tan relevante para el sector lácteo.












