La Junta de Extremadura ha autorizado de forma excepcional el uso de la alimentación convencional para el ganado ecológico ante la situación «catastrófica» de sequía. Así lo recoge la resolución que ha publicado este miércoles, 10 de mayo, el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
La Dirección General de Agricultura y Ganadería ha acordado de manera excepcional que dadas las circunstancias catastróficas resultantes de adversidad climática a las que se enfrenta la región, los animales podrán alimentarse con piensos no ecológicos en sustitución de piensos ecológicos o en conversión, cuando la producción de los mismos sea insuficiente o bien, se acuerden restricciones.
La escasez de precipitaciones en los últimos años agravada en el actual año hidrológico 2023 ha originado una situación de pérdida de pastos, producción de cereales, paja y/o heno, así como una importante reducción de los cultivos de secano, sistemas productivos de los que depende la alimentación del ganado ecológico.
¿Cómo solicitar la autorización?
De esta forma, los operadores titulares de ganado ecológico cuyas explotaciones se encuentren en Extremadura, podrán solicitar la autorización para proporcionar alimento no ecológico al ganado del que sean titulares conforme a las condiciones que se establecen en la resolución, como medida excepcional para paliar los efectos de la sequía.
Para ello, deberán presentar el formulario correspondiente a la Autoridad de Control de producción Ecológica de Extremadura, que autorizará si corresponde mediante resolución el empleo de alimentos no ecológicos a cada solicitante, procederá al seguimiento y control del mismo y lo comunicará al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para su posterior remisión a la Comisión Europea mediante el sistema OFIS.
La excepción se aplicará a las producciones ganaderas ecológicas de las especies cuya alimentación se basa en los pastos, los cultivos de secano y la vegetación silvestre: bovino, equino, ovino, caprino y porcino extensivo.
Durante el período de excepción, se podrá permitir materias primas de origen agrícola no procedentes de la producción ecológica, siempre que se produzcan o preparen sin utilizar disolventes químicos y no contengan organismos modificados genéticamente ni productos derivados de ellos.
Los alimentos susceptibles de ser autorizados podrán ser de dos tipos: forrajes y paja (se podrán solicitar las cantidades que el ganado vaya a consumir en el período de excepción); y grano y pienso (la suma de ambos será limitada a un 50 % de la cantidad media total de los piensos que el ganado vaya a consumir durante el periodo de excepción).
La resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería entrará en vigor este jueves, 11 de mayo, y finalizará el próximo 30 de noviembre.












