Nueva PAC: Cambios en algunas exigencias de condicionalidad así como en otros elementos de la normativa

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Imagen de Jaime Torre desde Serdio (Cantabria)

El Ministerio de Agricultura ha sometido a consulta pública, hasta el próximo 2 de febrero, un proyecto de Real Decreto que introduce modificaciones en algunos de los textos de aplicación de la nueva PAC en España, que acaba de entrar en vigor.

Entre otras cosas se introducen cambios o aclaraciones en dos de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM) incluidas en el Real Decreto sobre condicionalidad, en particular en la relativa a la quema de rastrojos.

En el texto publicado el pasado 29 de diciembre, la BCAM 3, relativa a la “prohibición de quema de rastrojos, excepto por razones fitosanitarias”, remitía al cumplimiento “de lo establecido en el artículo 27 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular”. El proyecto presentado ahora añade que deberá cumplirse con la obligación de “que no se queman rastrojos de cosechas de cultivos herbáceos en todo el ámbito nacional, salvo que, por razones fitosanitarias, la quema esté autorizada por la autoridad competente, en cuyo caso estará condicionada al cumplimiento de las normas establecidas en materia de prevención de incendios, y en particular, las relativas a la anchura mínima de una franja perimetral cuando los terrenos colinden con terrenos forestales”.

En la BCAM 8 (Prohibición de cortar setos y árboles durante la temporada de cría y reproducción de las aves) se añade la prohibición de “recolección mecánica nocturna en los cultivos permanentes que presenten plantaciones intensivas en seto de porte alto, denso follaje y en los que se produzca la anidación o pernoctación de aves, con objeto de proteger a las aves durante la época de cría y reproducción, en las fechas que establezcan las comunidades autónomas”.

Por lo demás, la mayoría de los cambios del proyecto presentado por el Ministerio afectan a la normativa que regula los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas. En particular se modifica el anexo I, que recoge todas las acciones, inversiones y conceptos de gasto que pueden optar a subvención en el marco de los programas operativos.

Por otro lado, en el Real Decreto sobre derechos de ayuda básica, se corrige la relación de municipios de algunas comarcas agrarias.

Más correcciones de errores

Por otro lado, el pasado sábado 28 de enero el Boletín Oficial del Estado publicó tres disposiciones, dos del Ministerio de Agricultura y una del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática con correcciones de errores.

En concreto, el BOE publica una corrección de errores del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común. Otra corrección de errores del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control. Y por último, una corrección de errores del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

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